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El Modelo Homologado de Justicia Cívica tiene como objetivo final prevenir el escalamiento de la violencia y reconstruir el tejido social. Para lograrlo, el principal mecanismo que sugiere emplear es la atención a las causas subyacentes o la solución al problema que genera cualquier tipo de conflicto que no haya sido identificado como delito.

Bajo esta óptica de prevención, la Justicia Cívica reconoce que los individuos están expuestos a una serie de factores individuales, familiares y sociales que pueden potencializar su probabilidad de cometer una falta administrativa o involucrarse en un conflicto comunitario, e intenta develar las causas, atenderlas y evitar que ese individuo reincida o aumente de gravedad en su incidencia. 

De esta manera, si los motivos que subyacen al acto de cometer una infracción o estar involucrado en un conflicto comunitario no son atendidos, la problemática puede crecer exponencialmente, e incluso llegar hasta la comisión de un delito por parte del mismo individuo que incurrió en una problemática menor, pero no fue tratado.

Un componente esencial de la Justicia Cívica es la aplicación de un Instrumento de Tamizaje para la identificación de probables infractores con perfil de riesgo. El principal objetivo de este instrumento es identificar y analizar los factores de riesgo del infractor, y con ello, determinar un perfil de riesgo que sirva al Juez Cívico en la determinación de la sanción y fundamentar su resolución. El resultado arrojado por dicho instrumento es esencial para el Modelo, ya que sirve de apoyo al Juez Cívico (junto con el IPH y el dictamen médico) para determinar el tipo de sanción acorde a la proporcionalidad de la conducta cometida.

En este sentido, dicho instrumento permite determinar al Juez Cívico ir más allá de la visión tradicional de la sanción y (arresto o multa) y dictaminar una resolución, mejor conocida como Solución Alternativa, que le permita al individuo cambiar su comportamiento, reconocer el impacto de sus acciones y lo introduce en una lógica de readaptación social.

Esta especie de conmutación de la sanción versa sobre terapias cognitivo-conductuales, atención psicológica, educativa, laboral e implementación del trabajo comunitario como una forma de sanción diferente (sin componente terapéutico), así como diversos mecanismos de seguimiento capaces de identificar si la solución ha sido efectiva o no.

Entre las principales características con las que debe contar el Instrumento de Tamizaje se encuentran:

  • Sustento teórico y metodológico. A fin de otorgar la validez necesaria al Instrumento, es necesario que cuente con un diseño metodológico sustentado en alguna teoría y/o modelo sobre la identificación y evaluación de factores de riesgo, así como instrumentos de valoración psicosocial. Cada pregunta debe ser formulada con un sustento metodológico específico que aporte un hallazgo en concreto al diagnóstico final.
  • Identificación y medición de los factores de riesgo. Debe medir los factores de riesgo, tanto internos como externos al individuo, que aumenten la probabilidad de que éste cometa una conducta antisocial o incluso delictiva. En este sentido, debe contemplar la interacción de variables del entorno del individuo, por ejemplo, la familia y amigos, la comunidad y/o barrio, la cultura, la escuela, el trabajo, entre otras; y variables individuales como características cognitivas y temperamentales, personalidad y conductuales. Con base en la identificación y posterior evaluación de los factores de riesgo implicados en la conducta cometida, será posible definir un nivel de riesgo y proponer la sanción o solución alternativa que atienda las causas subyacentes del comportamiento en cuestión bajo un enfoque preventivo.
  • Adaptabilidad. El Instrumento debe adecuarse a las características propias del municipio en términos de normatividad y estructura operativa. Debido a que el catálogo de faltas administrativas es distinto en cada municipio, éste debe ser adaptado en cada Instrumento. Asimismo, debe ser aplicado por el área y el personal correspondiente en cada municipio, preferentemente por el Área de Trabajo Social o equivalente, conformada por personal con formación en Psicología o Trabajo Social o áreas afines, y con experiencia en la aplicación de instrumentos y pruebas.

Asimismo, es necesario que el municipio realice una valoración y categorización de sus faltas administrativas, a fin de determinar qué faltas requieren la aplicación del instrumento y cuáles no, así como cuáles requieren de una sanción tradicional, solución alternativa o una combinación de éstas.

  • Aplicación breve, lenguaje claro y sencillo, y fácil interpretación de resultados. La aplicación del Instrumento no debe exceder los 15 minutos a fin de agilizar el proceso de Justicia Cívica. Asimismo, el entrevistador debe utilizar un lenguaje claro y fácil de entender para cualquier ciudadano. También, debe contar con elementos gráficos o de otro tipo que faciliten tanto la aplicación, como la interpretación de los resultados y la elaboración del diagnóstico al Trabajador Social y Juez Cívico.
  • Manual de Aplicación. Es preciso que el Instrumento cuente con un Manual de Aplicación que sea familiarizado con el personal del área correspondiente, con el objetivo de agilizar su aplicación y obtener resultados precisos y confiables. Es indispensable que este Manual sea acompañado de un proceso exhaustivo de capacitación al personal.

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