Una de las apuestas más relevantes de la Justicia Cívica para niñas, niños y adolescentes es enfocarla en el bienestar del menor, en su rehabilitación y en su formación integral, con la finalidad de reducir las oportunidades de cometer actos de delincuencia juvenil en el futuro.
Por Karina Tamayo @IntPublica para https://www.animalpolitico.com/
La Justicia Cívica en México tiene como uno de sus principales objetivos dar solución de manera ágil, transparente, pacífica y eficiente a los conflictos comunitarios, evitando así su escalamiento a conductas delictivas o actos de violencia, y con esto, mejorar la convivencia ciudadana en una comunidad. Una de las principales fortalezas de la Justicia Cívica es que, a diferencia de la Justicia Administrativa, ésta tiene un enfoque preventivo y restaurador (más que sancionador) al contemplar como sus principales herramientas de atención a la conflictividad, a las sanciones alternativas (en lugar del arresto y la multa) en la comisión de faltas administrativas; y a los mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC) en el caso de conflictos comunitarios. (Si deseas conocer más sobre Justicia Cívica da clic aquí).
De lo anterior, se desprende que el enfoque de prevención de la violencia y de restitución de los derechos humanos de la Justicia Cívica puede ser aplicable no únicamente en la población adulta (mayor de 18 años), sino en el caso de niños, niñas y adolescentes de 12 a 17 años (NNA) que viven circunstancias de vulneración de sus derechos humanos, violencia y otros factores de riesgo que, en conjunto, los hacen más propensos a incurrir en conductas delictivas o antisociales. Por tanto, la Justicia Cívica puede ser una herramienta valiosa que abone a la cadena de valor de la prevención de este tipo de conductas, toda vez que involucra la ejecución de medidas que abordan las causas que originan la conflictividad, lo que incide a su vez en la probabilidad de repetición de dichas conductas.
Y es que, en el ámbito de la investigación sobre las formas de prevenir la conducta antisocial en los adultos, se ha hecho referencia a que las conductas transgresoras en la infancia y la adolescencia aumentan las posibilidades de presentar un comportamiento antisocial o delictivo en la edad adulta. Al respecto, se ha encontrado que una multiplicidad de factores de riesgo puede incidir, directa o indirectamente en el desarrollo de conductas antisociales, tales como trastornos de conducta, consumo de sustancias, vandalismo, abandono, resistencia a la autoridad, absentismo escolar, huidas de casa, abuso sexual, crueldad hacia los animales, etc., los cuales impactan a largo plazo en la conducta del menor dando lugar a problemáticas más acentuadas en la edad adulta como conducta criminal, adicciones, afectación psiquiátrica grave, violencia de género, entre otras.
En ese sentido, una de las apuestas más relevantes de la Justicia Cívica para NNA es enfocarla en el bienestar del menor, en su rehabilitación y en su formación integral, con la finalidad de reducir las oportunidades de cometer actos de delincuencia juvenil en el futuro. Lo anterior implica evitar las sanciones de carácter punitivo, la privación de la libertad, así como la imposición de medidas que criminalicen y/o penalicen las conductas antisociales de los menores, y optar por la imposición de medidas alternativas para atender de la manera más eficiente posible los factores de riesgo a los que está expuesto el menor, a través de una evaluación minuciosa de sus necesidades y circunstancias de vida.
Por otro lado, desde el enfoque de justicia restaurativa, la Justicia Cívica ofrece igualmente herramientas valiosas como la mediación para la resolución pacífica de conflictos comunitarios donde estén involucrados menores de edad, contribuyendo a la reconstrucción de la convivencia social, familiar, personal y a mantener la paz en la sociedad. En este aspecto, el nuevo paradigma de la justicia restaurativa para menores se centra en resolver el problema y establecer tanto responsabilidades como obligaciones para las partes involucradas, a fin de que puedan responsabilizarse de sus actos, comprender su impacto y encontrar una solución. Este enfoque adquiere relevancia, ya que tiene una visión holística y multidisciplinaria centrada en proteger el interés superior del niño y ofrecer los servicios y el apoyo necesarios, como asistencia psicosocial, formación profesional y actividades e intereses alternativos para evitar que los niños repitan modelos de comportamiento anteriores y adopten conductas nocivas.
Sin embargo, como se ha mencionado en ocasiones anteriores, la Justicia Cívica es un Modelo de reciente implementación en varios municipios del país que aún supone retos significativos en diversos aspectos como el normativo, el presupuestal y el institucional. Por lo que, de igual forma, el diseño y operación de un Modelo de Justicia Cívica para NNA implica retos y particularidades de suma relevancia a considerar.
El primer reto a tomar en consideración es en el ámbito normativo, donde garantizar el respeto de los derechos humanos de NNA en todo el procedimiento de atención de la Justicia Cívica debe ser el principal objetivo. En este sentido, es preciso que la Justicia Cívica para NNA se apegue irrestrictamente a los instrumentos jurídicos internacionales más significativos en materia de derechos humanos de la infancia y la adolescencia, así como de NNA en conflicto con la ley, a fin de no incurrir en la violación de principios y garantías fundamentales relacionados con la atención a esta población.
En particular, instrumentos como la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, las Reglas de Beijing y las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil son de particular relevancia, ya que establecen las principales garantías procedimentales y derechos humanos a salvaguardar, así como los componentes clave en la formulación de políticas de prevención de la delincuencia juvenil. Por ejemplo, abordan los derechos de los menores en todas las etapas del proceso judicial, el derecho a la protección de la intimidad del menor y el manejo de los registros de información de menores.
Además de la alineación con dichos instrumentos jurídicos, a nivel nacional está pendiente la aprobación de una Ley de Justicia Cívica con estipulaciones claras en el tratamiento de NNA y que permita la homologación de los procedimientos de atención a menores; mientras que a nivel local será necesario que los municipios elaboren e implementen formalmente un Protocolo de Atención y/o Detención a Menores probables infractores o en posible conflicto con la ley, que sirva como una guía para que los elementos de la policía municipal y los funcionarios involucrados en la detención o la atención de menores actúen en estricto apego a las normas locales, nacionales e internacionales en la materia. A la fecha, muy pocos municipios en el país tienen un Protocolo de esta naturaleza, entre ellos el municipio de Chihuahua, donde el Consejo de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (COPREV) recientemente presentó el Protocolo de Actuación Policial para casos en los que Niños, Niñas y Adolescentes se encuentren en un posible conflicto con la ley, con el objetivo de establecer una guía de apoyo para las y los policías del municipio para realizar sus funciones y garantizar la debida protección, resguardo, traslado y cuidado de NNA que se encuentran en un posible conflicto con la ley; y el municipio de Mérida, que cuenta con un Protocolo de Atención a Menores de Edad que cometan una falta administrativa comprendida en su Reglamento de Policía y Buen Gobierno, y el cual está basado en la aplicación, respeto y protección de los derechos humanos.
El segundo reto a tomar en consideración, gira en torno a los recursos humanos y materiales indispensables para la atención de menores de edad, los cuales por su desarrollo físico y emocional necesitan de protección especial. Entre los principales elementos a considerar en este aspecto se encuentra la capacitación, sensibilización y preferentemente, la especialización de las y los policías y del personal de Justicia Cívica en materia de atención, derechos humanos y psicología en materia de niñez y adolescencia, contar con las instalaciones adecuadas e idóneas para su atención, así como valerse del apoyo de organizaciones de la sociedad civil locales y otros sistemas de apoyo social con la experiencia, capacidad y el perfil necesario para la canalización de los menores a distintas medidas alternativas con base en su nivel de riesgo (trabajo a favor de la comunidad, medidas con componente terapéutico o reeducativo).
Finalmente, el tercer reto a abordar está relacionado con la definición de mecanismos de coordinación institucional entre las distintas instancias involucradas en el Modelo, lo cual exige a su vez una estrecha cooperación interdisciplinaria entre los distintos niveles de gobierno, las áreas operativas de la Justicia Cívica, las organizaciones de la sociedad civil e instituciones gubernamentales enfocadas en la protección y atención de NNA, instituciones educativas, el sector privado, los medios de comunicación y la ciudadanía.
El primer paso ya ha sido dado por cuatro municipios del país, Guadalupe (N.L), Mérida (Yuc.), Nezahualcóyotl (Mex.) y Chihuahua (Chih.), los cuales cuentan con iniciativas ya establecidas o en proceso de implementación en materia de Justicia Cívica para NNA. A pesar de los retos que han sido identificados para la puesta en marcha de un Modelo de esta naturaleza, la voluntad y el compromiso político hacia el respeto y garantía de los derechos humanos de la infancia y la adolescencia, aunado a las experiencias de estos municipios, serán sin duda referentes importantes para nuevos avances en el tema, el cual merece toda la importancia y atención al tratarse ni más ni menos que del futuro del país: la niñez y la adolescencia.
* Karina Tamayo es Investigadora en Inteligencia Pública (@IntPublica).
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